CIUDAD DE MÉXICO, 2 de julio, (CDMX MAGACÍN). —La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) admitió la queja promovida por la Diputada Martha Avila, Coordinadora de MORENA en el Congreso de la Ciudad de México, contra la panista Daniela Álvarez Camacho por la probable comisión de las conductas consistentes en calumnia y uso indebido de recursos.
Lo anterior tras admitir la queja IECM-QNA/011/2023 -en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Electoral de la Ciudad de México identificada como TECDMXJEL-007/2023- promovida por la diputada local por Iztapalapa, el pasado 12 de enero, denunciando calumnia y uso indebido de recursos públicos, debido a tres publicaciones en la red social Twitter hechas por la panista el 7 y 8 de enero.
En ellos, Álvarez Camacho señalaba dolosamente a la Coordinadora de MORENA como responsable de una supuesta reducción del presupuesto en el Metro para, según la panista, canalizarlos a una campaña millonaria de comunicación social en favor de la Jefa de Gobierno.
En las publicaciones denunciadas, el IECM, advirtió que se adjudica a Avila Ventura “de manera directa e indirecta la responsabilidad de un hecho o presunto ilícito relacionado con el ejercicio de su cargo legislativo, específicamente vinculado con la falta de recursos públicos para el mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo Metro, en tanto que se han entregado recursos millonarios en temas de comunicación social, publicidad y campaña de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México”, señala el expediente IECM-QCG/PO/032/2023.
Por lo anterior, la Comisión Permanente de Quejas encontró además indicios suficientes para iniciar un procedimiento ordinario sancionador contra la panista por el presunto uso indebido de recursos públicos, al considerar que la cuenta de Twitter @DanyAlvarezca se usa con el “propósito de difundir sus actividades legislativas y fomentar el debate público, es decir, no se advierte que sea una cuenta personal”.
Álvarez cuenta con cinco días hábiles, a partir de que sea notificada, para contestar por escrito lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que considere pertinentes.