23 de December de 2024
Aprueban reformas para que elección de los dirigentes de organizaciones ganaderas sea por voto libre y secreto
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Aprueban reformas para que elección de los dirigentes de organizaciones ganaderas sea por voto libre y secreto

Oct 26, 2017

Ciudad de México a 26 de Octubre (CÍRCULO DIGITAL).-La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma de la Ley de Organizaciones Ganaderas, para que en los estatutos de las organizaciones ganaderas se consigne que en la elección de sus dirigentes se debe garantizar el voto libre y secreto.

El documento reforma el tercer párrafo del artículo 13 de esa ley, surge de una iniciativa que el diputado Leonel Gerardo Cordero Lerma (PAN) presentó el pasado 25 de abril, fue aprobada por unanimidad, con 377 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

La Comisión de Ganadería, que elaboró el dictamen, señaló que el país requiere seguir avanzando en la democracia.

En los artículos transitorios del dictamen se establece que, en un plazo no mayor a seis meses, a partir de la entrada en vigor de este decreto, las organizaciones ganaderas deberán modificar sus estatutos, a fin de establecer disposiciones que garanticen el voto libre y secreto de sus agremiados en los procesos de renovación de sus dirigentes.

Se aclara que quedarán exceptuadas de este plazo, las organizaciones que en sus estatutos establezcan fecha o tiempos precisos en que se podrán realizar reformas a sus estatutos, siendo dicha fecha o tiempos en que deberán realizarse dichas reformas.

Las organizaciones ganaderas que se encentren en proceso de renovación de dirigencia al momento de la entrada en vigor de esta reforma, desarrollarán su proceso interno de elección en observancia de sus estatutos actuales y los efectos de esta modificación entrarán en vigor en el próximo periodo inmediato de elección de dirigentes.

En un plazo no mayor a 90 días naturales, a partir de la entrada en vigor de este documento, el Ejecutivo federal deberá adecuar el reglamento de la Ley de Organizaciones Ganaderas, en las disposiciones que garanticen el principio del voto libre y secreto, en los sistemas de elección de los dirigentes de estas organizaciones.