25 de December de 2024
Buscan prohibir que telefónicas realicen cobros adicionales no autorizados por clientes
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Buscan prohibir que telefónicas realicen cobros adicionales no autorizados por clientes

Ago 28, 2017

 

Ciudad de México a 28 de agosto (JUAN R. HERNÁNDEZ / MENSAJE POLÍTICO / CÍRCULO DIGITAL).-La diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI) pidió prohibir a compañías de telefonía fija y móvil, realizar cargos a sus clientes, no acordados previamente durante la contratación del servicio, y que se realizan mediante el cobro de seguros “amañados” o bajo el esquema del primer mes de servicio gratis, cobrado con posterioridad.

“En los últimos meses no han cesado de incluirse cobros indebidos en la telefonía, sea por seguros o incluso por auténticos anzuelos ofertando un mes gratis y posteriormente incluyendo cobros que jamás fueron pactados”, enfatiza la legisladora.

Para acabar con esta situación, presentó una iniciativa que adiciona una fracción X, al Artículo 118 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para establecer que concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones deberán abstenerse de realizar cobros adicionales a los contratados sin el consentimiento explícito de los usuarios.

La propuesta, turnada a la Comisión de Comunicaciones, puntualiza que en caso de incumplimiento de lo acordado, los concesionarios reembolsarán íntegramente los recursos a los usuarios, en un plazo no mayor a 15 días.

Tiscareño Agoitia señala que “de nada sirve al usuario la sanción al concesionario si su dinero no se le devuelve íntegramente, sin ningún descuento, y sin ningún pretexto, si fueron 100 pesos los que le cobraron indebidamente, 100 pesos se le deben devolver, de manera inmediata”.

De aprobarse el agregado a la norma, se terminará de una vez por todas con los cobros indebidos que no cesan de realizarse bajo diferentes “triquiñuelas” dejando en indefensión al usuario que termina pagando por disposiciones que jamás aceptó expresamente.

Comentó que establecer el plazo para la devolución, es porque los concesionarios en la mayoría de los casos, terminan agotando al cliente en un mar de tramitología para evitar la devolución.

“El reembolso no requerirá mayor comprobación más que el reclamo del usuario, porque es el concesionario el que deberá demostrar que el usuario expresamente plasmó su consentimiento para la realización de un cobro adicional”, sostiene.