23 de December de 2024
CDHDF emite recomendación por suicidios de personas detenidas
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CDHDF emite recomendación por suicidios de personas detenidas

Abr 15, 2016

CIUDAD DE MÉXICO, 15 de abril, (MENSAJE POLÍTICO / CÍRCULO DIGITAL).–La Comisión de Derechos Humanos capitalina presentó este jueves la Recomendación 3/2016, contra la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y la Secretaría de Seguridad Pública, por la muerte de dos personas que se encontraban en custodia de Jueces de Justicia Cívica.Durante la presentación del documento, Perla Gómez Gallardo, presidenta de la CDHDF, explicó que a partir de los expedientes de queja iniciados en 2011 y 2013, se acreditaron violaciones a derechos humanos.

Específicamente, la investigación que realizó la Comisión, determinó violaciones a los derechos a la libertad personal, al debido proceso y a la vida. En el primer caso, la víctima fue presentada ante el Juzgado Cívico de la Delegación Coyoacán por personal de la Policía Bancaria e Industrial.

Conforme a los policías, la razón de la detención fue porque la persona tenía un bote de pegamento, cosa que no está tipificado como infracción a la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

Pero el Juez determinó arrestarlo, al encontrar a la persona como responsable de inhalar solventes en la vía pública, sin advertir que el certificado médico de su estado físico determinó que no presentaba olor característico ni se encontraba intoxicado.

También se advirtió que el Juez instruyó el procedimiento a la persona, sin la presencia de personal que le da legalidad a sus actos, como lo es su Secretario.

En el segundo caso, el personal de Justicia Cívica omitió atender la recomendación del personal de salud, la cual solicitaba que a la persona agraviada se le estableciera una vigilancia estrecha por la condición física que presentaba, lo cual conllevó a que se suicidara.

En ambos casos, de la información recabada, se determina que el personal que labora como policía no tiene conocimiento de sus funciones.

En el documento se visibiliza la responsabilidad del Estado de garantizar la vida de las personas privadas de la libertad, lo que las obliga a propiciar las condiciones mínimas que sean compatibles a sus necesidades y particularidades.

En los casos que se analizaron, la falta de prevención y adopción de las medidas adecuadas, oportunas y eficaces para salvaguardar la vida de las personas detenidas, llevó a que éstas se suicidaran.

Esta Comisión observa que una vez ocurrido el suicidio, deben realizarse procedimientos para documentar y reportar oficialmente el suceso. De esta manera, el personal debe integrar un expediente que reconstruya los eventos que condujeron a la muerte.

Asimismo, realizar las investigaciones correspondientes para conocer la verdad de los hechos y, de ser procedente, deslindar responsabilidades, tanto administrativas como penales, para las y los servidores públicos involucrados.