22 de December de 2024
Congreso local tendrá más canales y comunicación estrecha con el poder judicial; Rubio Aldarán
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Congreso local tendrá más canales y comunicación estrecha con el poder judicial; Rubio Aldarán

Feb 3, 2021

Ciudad de México, 03 Febrero (CDMX MAGACÍN).-En la actualidad existen diversas problemáticas en las jurisprudencias al hacer las búsquedas de las mismas, ya que los títulos y rubros muchas veces no contienen de forma explícita su contenido, lo que ocasiona que los jueces o usuarios muchas veces las ignoren por no contener con claridad sus rubros.

Así también, no existe una cultura por parte de los operadores de justicia, para denunciar la posible contradicción de tesis ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aùn cuando las autoridades responsables están legitimadas para hacerlo, es por ello que debe ser obligatorio hacerlo, a fin que se cuente con criterios únicos y actualizados en todo momento.

Por lo que el diputado Eleazar Rubio propone en esta reforma, que toda jurisprudencia que se origine en los órganos facultados para ello, sea enviada al Congreso de la Unión o Congresos locales correspondientes, a fin que inicie un procedimiento de reforma a la norma correspondiente y una vez que entre en vigor, la legislatura deberá informarlo a la autoridad Judicial que emitió la jurisprudencia, para que lleve a cabo el procedimiento, dejar sin efectos la jurisprudencia y se actúe con la norma.

De igual forma, los órganos facultados para emitir jurisprudencia, estarán obligados a denunciar su contradicción de conformidad con el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y en ese caso el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, determinará en definitiva la tesis que debe prevalecer, hasta la entrada en vigor de la norma reformada.

Así como también, la jurisprudencia que se emita, deberá ser explícita en sus títulos o rubros, al igual que en el sumario y de esta forma facilitar su búsqueda y su objeto, para lo cual se utilizará un lenguaje coloquial y sin tecnicismos jurídicos, tomando en cuenta su fin, que es el interpretar, complementar o integrar las situaciones que no previó el legislador, sin que en ningún caso modifique su sentido.

 

 

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