Descarta Concanaco que los aumentos a los salarios mínimos provoquen incrementos de precios o despidos
El presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servytur), José Manuel López Campos, afirmó que el aumento salarial no debe provocar un “efecto faro” que ocasione un incremento de los sueldos generales en la misma proporción.
Por ello, reiteró que elevar los salarios generales superiores al mínimo, durante 2019 sólo deben incrementarse en la medida que aumente la productividad de las empresas, y su revisión debe mantenerse de manera individual e independiente empresa por empresa, como siempre ha ocurrido.
Los aumentos, expuso, fueron consultados por los integrantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), incluso con el Banco de México, con el objetivo de que no tuvieran efectos inflacionarios.
La Conasami, subrayó, determinó de manera consensuada aumentar 5 por ciento el mínimo general, al que se le abona un importe de ajuste (MIR) para incrementar de 88.36 a 102.68 pesos diarios, en tanto que en la frontera norte creció a 176.72 pesos, lo que representó un aumento de 100 por ciento de manera global.
“La Conasami llegó a tal determinación con la participación de todos los sectores, después de efectuar estudios en los que se analizaron los posibles impactos de esa medida sobre las empresas y la economía en general”, subrayó.
El líder de la Concanaco enfatizó que, de los 20 millones de empleos formales registrados en el Instituto Mexicano del Seguro Social, sólo 170 mil están tabulados con salario mínimo, por lo cual el alza registrada no debe de impactar considerablemente sobre la mayoría de las empresas.
Indicó que en la frontera norte del país, en donde se incrementó 100 por ciento el salario mínimo, el impacto que tenga sobre las empresas será compensado con la baja a la mitad del Impuesto al Valor Agregado (IVA), quedando en 8 por ciento y del Impuesto Sobre la Renta (ISR), al 20 por ciento.
“El alza de los salarios mínimos no tiene ya un efecto inflacionario, como sucedía en años pasados, cuando servía de base para subir en la misma proporción multas, pagos de derechos y otros indicadores que se movían de acuerdo a los ajustes al mínimo, actualmente se cuenta con la Unidad de Medida de Actualización (UMA) para esa referencia”, asentó.
José Manuel López precisó que desde el 30 de diciembre de 2016 la sustitución del salario mínimo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), como punto de referencia para definir el nivel de multas y cobros de servicios públicos, permitió reducir los efectos inflacionarios que generaban los incrementos a los salarios mínimos.
Consideró que deben reconocerse los gastos aparejados al salario mínimo, como la seguridad social, para que sean elementos que sean deducibles para las empresas en sus declaraciones de impuestos, y no se convierta en un incentivo perverso para la informalidad.
Señaló que es la primera vez en muchos años que el salario mínimo se encuentra dentro de los parámetros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), a efecto de que alcance el importe para la compra de la canasta básica.
Los aumentos a los mínimos son parte del compromiso social de las empresas con sus trabajadores, con la finalidad de que sus familias puedan satisfacer sus necesidades básicas, aseguró.