5 de November de 2024
Gobierno Mexicano viola la Ley del IMSS y el T-MEC, por ilegalidades en Notimex
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Gobierno Mexicano viola la Ley del IMSS y el T-MEC, por ilegalidades en Notimex

Jul 13, 2020

La Agencia de Noticias, que encabeza Sanjuana Martínez, debió notificar al IMSS la existencia de la huelga. No lo ha hecho.

Sanjuana Martínez no habría informado al Instituto para seguir cobrando su sueldo y el de sus allegados.

 


CIUDAD DE MÉXICO, 13 de julio, (ALEJANDRO LELO DE LARREA / MENSAJE POLÍTICO).— Notimex no sólo incumple las leyes laborales sino ahora también la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con lo que el Gobierno Mexicano reincide en la violación al capítulo laboral del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), a uno días de haber entrado en vigor, en el que se comprometió a cumplir y hacer cumplir los derechos de los trabajadores y la legislación nacional e internacional en la materia.

La Agencia de Noticias del Estado Mexicano, Notimex, Órgano Descentralizado del Gobierno de México, actúa en desacato del Reglamento de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), debido a que en su calidad de patrón debió notificarle al Instituto la existencia de una huelga en la empresa, estallada desde el pasado 21 de febrero, aunque fue acatada apenas el 09 de junio cuando la Dirección General, que encabeza Sanjuana Martínez, paró labores por instrucción de la Junta de Gobierno.

El Reglamento del IMSS, en su artículo 10, concede ocho días plazo, a partir del estallamiento, para que una empresa en estado de huelga notifique al Instituto la existencia de la misma, plazo que ya se venció.

La imagen que fue obtenida por este reportero, del sistema del propio IMSS, evidencia que Notimex se encuentra en plena vigencia, debido a que no ha notificado la huelga de los periodistas del Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (SutNotimex). Esto lo estaría haciendo para seguir cobrando su sueldo y el de sus allegados, debido a que, en completa violación a las leyes, mantiene la operación administrativa y los salarios a ciertos trabajadores, los cuales debieron suspenderse con la huelga.

El referido artículo 10 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2002 y vigente desde entonces, dice a la letra:

“Artículo 10. En caso de huelga, el patrón está obligado a comunicar al Instituto, el estallamiento de la misma por escrito, dentro de los ocho días hábiles siguientes, acompañando las constancias que así lo acrediten. De igual manera, el patrón deberá comunicar su terminación en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la misma.

“El Instituto mantendrá vigentes los derechos de los asegurados durante el tiempo que dure el estado de huelga para efectos del otorgamiento de las prestaciones médicas, en términos de lo dispuesto por el artículo 109 de la Ley.”

Además, Notimex podría generar un gasto indebido por haber incumplido este aviso al IMSS, de acuerdo con el párrafo tercero del mismo Artículo 10: “En caso de que el Instituto hubiese otorgado indebidamente prestaciones en dinero a los trabajadores durante el periodo de huelga, a consecuencia de la omisión en la presentación del aviso de estallamiento, el importe de aquellas deberá ser restituido al Instituto por el patrón”. LIGA DEL REGLAMENTO

En la página del IMSS, se explica con claridad que si una empresa se declaró en estado de huelga, cuáles son los pasos a seguir para notificar “de inmediato” al Instituto. LIGA:

Con estos hechos, Notimex, y por lo tanto el Gobierno de México, también lo establecido en el capítulo laboral del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que entró en vigor el 1 de julio, así como los convenios 89, 98 y 135 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), además de las leyes mexicanas y la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

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