21 de May de 2024
Las virtudes y defectos del “Frente Amplio-Opositor”
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Las virtudes y defectos del “Frente Amplio-Opositor”

Jul 15, 2017

Opinión

*Juan Martínez Veloz

En días pasados se generó un debate en las redes sociales sobre el llamado que hizo la presidenta nacional del PRD para construir un “Frente Amplio” o un “Frente Opositor” con miras a las elecciones presVidenciales, legislativas del año 2018. Algunos personajes de PAN también se han involucrado en el debate (Rafael Moreno Valle). El PRI y MORENA parecen hasta hoy reacios a las coaliciones electorales en 2018, aunque en los números (votos) para ganar las necesitan.

Hay que destacar también que las reformas electorales de 2014 previeron también la figura de un “Gobierno de Coalición”, aun no reglamentado en la ley específica. Es un tema pendiente en el Congreso.

Somos respetuosos del derecho de asociación y de las Coaliciones y Frentes que los partidos deseen formar. SALUDAMOS EL ESFUERZO DE TODOS LOS PARTIDOS QUE DESEEN AYUDAR A LA GOBERNABILIDAD (UNIFICAR OPCIONES POLÍTICAS) DEL PAÍS.

El tema de un “Frente Amplio” o un “Frente Opositor” sin embargo tiene más preguntas que respuestas, entre otras las siguientes;

1) ¿Se trata de un “Frente” o una” Coalición de Partidos” de acuerdo a la legislación electoral vigente?

  1. ¿Sera un Frente de las Izquierdas, de las Derechas; total, parcial o mixto?
  2. ¿Qué pasa con los compromisos adquiridos en el Pacto por México?
  3. ¿Existe alguna propuesta de reformas legislativas y económicas que ameriten un Frente o Coalición? ¿Una nueva Constitución, por ejemplo?
  4. ¿Qué evaluación se tiene de las Coaliciones Electorales en los Estados (PAN-PRD y PRI-PVEM) ¿Han funcionado?
  5. ¿Qué postura se tiene frente a los grandes temas económicos como el TLCAN, deuda externa, etc.?

Aunque las Coaliciones y Frentes de Partidos existen en la ley electoral a partir de 1977 su regulación no es la mejor, pues permite la supervivencia de “partidos chicos” a través de “partidos grandes”.

El caso extremo de manera ejemplificativa es el PVEM que en la elección presidencial de 2000 apoyo una Coalición con el PAN y en 2012 una Coalición con el PRI.

Hay otros ejemplos; El PT parece intentar salvar su registro como partido político nacional apoyando a Andrés Manuel López Obrador en 2018. Esto es legal hasta ahora pero no se ve bien ¿Por qué no buscar mejor la fusión de partidos?

EL EXTREMO DE LA CRISIS DE LOS “PARTIDOS CHICOS” LO VIVIMOS RECIENTEMENTE EN LAS ELECCIONES COAHUILENSES.

Coahuila es un estado con un padrón electoral relativamente pequeño (arriba de 2 millones de ciudadanos). Nada comparado con el Estado de México (por encima de 11 millones de ciudadanos).

Sin embargo en los recientes comicios locales del 4 de junio de todos los partidos contendientes en Coahuila solo 5 conservaron su registro y prerrogativas como partido político a nivel estatal (PRI, PAN, PRD, MORENA, UDC) y los restantes 10 perdieron su registro estatal (Socialdemócrata, Independiente, Partido de la Revolución Coahuilense, Partido Joven, Partido Campesino Popular) o sus Prerrogativas como partido estatal (aunque conservan su registro nacional) al no obtener el 3% de votación que exige la ley (PT, PVEM, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Encuentro Social). Algunos de estos partidos fueron en Coalición en los pasados comicios del 4 de junio.

LA PREGUNTA OBLIGADA DE LOS CIUDADANOS ES ¿SIRVE REALMENTE EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO A PARTIDOS INCIPIENTES O ES DINERO PÚBLICO DESPERDICIADO?

Estamos a favor de las Coaliciones Electorales y de Gobierno, hay que regularlas de mejor manera para que no distorsionen el objetivo esencial de financiamiento público a partidos previsto en la Constitución General de la República y reglamentado en las leyes electorales y de partidos.

LOS DERECHOS Y PRERROGATIVAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS nacieron progresivamente en la ley electoral con la idea de favorecer la formación de nuevas organizaciones políticas.

Los orígenes del Financiamiento Público a partido se encuentran en la Ley Federal Electoral de 1973.

Expedida bajo el gobierno de Luis Echeverría Álvarez el 5 de enero de 1973, esta ley realizó el Título Segundo (arts. 17-39) importantes cambios en materia de partidos. Estableció un Capítulo Especial de Prerrogativas, entre otras, las siguientes:

Exención de impuestos; del timbre en los contratos de arrendamiento, compraventa y donación; rifas, sorteos, festivales; impuesto sobre la renta en utilidades gravables provenientes de la enajenación de inmuebles adquiridos por compraventa o donación para el ejercicio de sus funciones específicas; venta de impresos y uso de equipos y medios audiovisuales para la difusión de su propaganda, principios, estatutos, programas.

Franquicias postales y telegráficas necesarias para el cumplimiento de sus fines específicos; (Art. 39).

Acceso a la Radio y la Televisión durante períodos de campaña electoral. De acuerdo con la propia ley, cada partido podría disponer de diez minutos quincenales en radio y televisión con cobertura nacional para la difusión de sus tesis ideológicas (art. 39).

Posteriormente en 1977 vino la introducción en la Constitución General de la República de los principios generales de la organización de los partidos políticos y de las instituciones electorales como consecuencia de la Reforma Política impulsada por el presidente José López Portillo.

Como principal producto de dicha reforma, se modificó el 6 de diciembre de 1977 el texto del artículo 41 constitucional, quedando en esa época como sigue:

“Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las formas específicas de su intervención en el proceso electoral;

(….)

Los partidos políticos tendrán derecho al uso en forma permanente de los medios de comunicación social, de acuerdo a las formas y procedimientos que establezca la ley.

En los procesos electorales federales los partidos políticos nacionales deberán contar en forma equitativa, con un mínimo de elementos para sus actividades tendientes a la obtención del sufragio popular.

(…).

Los párrafos cuarto y quinto en el artículo 41 constituyeron en su época un gran paso para fortalecer la actividad permanente y sistemática de los partidos políticos. En éstos párrafos se encuentran plasmadas lo que podrían denominarse como “GARANTÍAS PARA LOS PARTIDOS POLÍTICOS”.

En el primero de ellos estableció el derecho al uso permanente de los medios de comunicación social.

Este principio general representó un avance en la materia, ya que de acuerdo a la Ley Electoral de 1973 los partidos tenían ya acceso a los medios de comunicación social en épocas exclusivamente electorales.

El siguiente párrafo estableció un principio general que otorgaba un modesto financiamiento público a los partidos durante las épocas electorales.

Esta disposición representó en esa época un gran avance, ya que anterior a dicha reforma cada partido político resolvía sus problemas de financiamiento de acuerdo con sus propios recursos, situación que de “facto” favorecía al partido en el poder que contaba con todos los recursos del gobierno, mientras que los partidos de oposición carecían de los mínimos elementos para realizar sus modestas campañas electorales.

Con ello se iniciaba una forma incipiente de financiamiento público que sería desarrollada mejor durante las sucesivas reformas electorales de 1987,1996, 2007-2008 y 2014.

La Reforma Política de 1977 genero resultados positivos pues en las elecciones intermedias (legislativas) de 1979 tres partidos nuevos contendieron para obtener diputados y senadores al Congreso de la Unión; el Partido Comunista Mexicano (PCM), el Partido Demócrata Mexicano (PDM) y el Partido Socialista de los Trabajadores (PST), quienes conjuntamente a los partidos ya registrados en esa época PRI, PAN, PPS y PARM contendieron en las elecciones de ese año.

En las elecciones nacionales (de presidente de la república y Congreso) de 1982 varios partidos nuevos se incorporaron a la contienda electoral; el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), el Partido Socialdemócrata (PSD) y el Partido Socialista Unificado de México (PSUM).

LA IDEA ORIGINAL DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO A PARTIDOS QUE HA IDO EVOLUCIONANDO A PARTIR DE 1973 SE CUMPLIÓ EN LAS ELECCIONES DE 1979 Y 1982 AL FAVORECER EL DESARROLLO DE NUEVOS PARTIDOS POLÍTICOS. NO CREEMOS QUE ESE OBJETIVO SE CUMPLA APOYANDO “PARTIDOS CHICOS” QUE SIEMPRE BUSCAN LA COALICION ELECTORAL.

juanmartinez_veloz@yahoo.com