2 de May de 2024
Migración informará sobre personas que obtuvieron condición de refugiadas
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Migración informará sobre personas que obtuvieron condición de refugiadas

May 31, 2017

CIUDAD DE MÉXICO, 31 de mayo, (DOBLE TINTA / CÍRCULO DIGITAL).- El pleno del INAI ordenó al Instituto Nacional de Migración (INM), informar a un particular sobre el número de personas que obtuvieron en México condición de refugiados en el periodo comprendido entre 2010 y 2016.

También, la institución deberá dar a conocer los criterios aplicados para el alojamiento de personas que son canalizadas a las estaciones migratorias, según la propuesta que presentó la comisionada Ximena Puente de la Mora.

En un comunicado, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), detalló que la persona que solicitó la información, se inconformó mediante el recurso RRA 1784/17, luego de que el INM se declaró incompetente frente a la solicitud.

Al respecto y al argumentar ante sus pares, la comisionada Puente de la Mora indicó que según la Organización de las Naciones Unidas, en 2016, 8 mil 781 personas, en su mayoría provenientes de Honduras, El Salvador y Guatemala, solicitaron refugio en México.

Además, de acuerdo con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, el número de personas que han solicitado asilo en el país aumentó más del 150 por ciento desde las elecciones presidenciales de Estados Unidos, pues de noviembre de 2016 a marzo de 2017, recibió 5 mil 421 solicitudes de asilo.

La comisionada consideró que el INM sí cuenta con atribuciones para conocer el número de personas a quienes se les otorgó la condición de refugiados. La legislación le otorga atribuciones para ayudar a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados en el proceso para otorgar refugio.

También para el procedimiento para deportar a los solicitantes, refugiados o extranjeros que reciban protección complementaria, en términos de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y su Reglamento.

Es importante tomar en cuenta que cualquier extranjero en territorio nacional tiene derecho a solicitar refugio, para lo cual debe presentar su petición ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados o ante el INM.

Según la comisionada Puente de la Mora, el INM no buscó la información en la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio, la cual tiene la tarea de integrar y mantener actualizado el Registro Nacional de Extranjeros y el archivo migratorio, así como registrar trámites migratorios.

Bajo estas consideraciones, el Pleno del INAI modificó la respuesta del INM y le instruyó buscar y proporcionar la información solicitada.