Modifican sanciones para quien atente contra zonas forestales
CUIDAD DE MÉXICO, 10 de mayo, (MENSAJE POLÍTICO / CÍRCULO DIGITAL).- Autoridades ambientales sancionarán con multas equivalentes de 150 a 30 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quienes quemen terrenos agropecuarios y propicien la propagación del fuego a zonas forestales cercanas, sea de manera imprudente, intencionada, o negligente.
La medida también aplicará para quienes se nieguen, sin causa justificada, a prevenir o combatir las plagas, enfermedades o incendios forestales que afecten la vegetación, en desacato de mandato legítimo de autoridad.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) detalla en el Diario Oficial de la Federación que se aplicará dicha multa a quienes utilicen más de una vez, alteren o requisen inadecuadamente, la documentación o sistemas de control establecidos para el transporte o comercialización de recursos forestales.
Para aplicar estos castigos se tomará como base la UMA, que es la referencia económica en pesos para determinar el valor del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, al momento de cometerse la infracción.