29 de December de 2024
Ordenan publicar lista de beneficiados para reparar viviendas en la CDMX
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Ordenan publicar lista de beneficiados para reparar viviendas en la CDMX

Sep 20, 2018

Ciudad de México, 20 de Septiembre (MENSAJE POLÍTICO /CÍRCULO DIGITAL).-El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México deberá dar a conocer el listado de las 952 personas beneficiadas con cheques para la reparación de viviendas afectadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia.
Al presentar el caso ante el pleno, la comisionada, Blanca Lilia Ibarra Cadena, destacó que después del temblor, la sociedad civil, los gobiernos federal y de los estados afectados, así como la comunidad internacional destinaron recursos financieros para respaldar a las víctimas, y esa ayuda ha sido motivo de cuestionamientos frente a la reconstrucción.

“Este asunto representa una oportunidad palpable de máxima publicidad, transparencia y utilidad social, pues a través del derecho de acceso es posible obtener información que haga valer otro tipo de derechos y, sobre todo, darle seguimiento al curso del dinero público”, manifestó.

En respuesta al particular que solicitó la información, el sujeto obligado clasificó como confidencial los expedientes y pólizas de cheques derivados del Programa Crédito Emergente para la Reparación de Vivienda, por contener datos personales que requieren consentimiento de su titular para su difusión.

Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales capitalino en el que argumentó que no se le permitió conocer las acciones de apoyo para el mejoramiento de la vivienda, relativa a las afectaciones ocasionadas por el fenómeno sísmico.

Ante la falta de quórum del pleno del órgano garante de la Ciudad de México, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) atrajo el recurso de revisión, el cual se turnó a la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena para su resolución.

Al respecto el INVI señaló que en su portal electrónico se puede consultar el número de trabajos realizados y los cheques entregados a los beneficiarios, por lo que, clasificar los datos no impide conocer las acciones del programa emergente.

También manifestó que los datos recabados para el otorgamiento del crédito están directamente relacionados con documentos e información que se también se encuentran en posesión de otros sujetos obligados, como son las evaluaciones técnicas y dictámenes emitidos por las autoridades competentes en materia de seguridad y construcción.

Sin embargo, en el análisis del caso, la comisionada Ibarra Cadena advirtió que la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México prevé que el gobierno capitalino es el encargado de diseñar y ejecutar un programa integral relacionado con las personas que sufrieron afectaciones en sus viviendas por el sismo.

En ese sentido, se determinó que el INVI está facultado para otorgar apoyos, donativos y ayudas para beneficio social o interés público o general a personas físicas o morales sin fines de carácter político, lo que deberá publicarse en Internet, identificando el nombre del beneficiario y el monto recibido, de acuerdo con la Ley de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Detalló que si bien los créditos otorgados para la reconstrucción de vivienda no corresponden a un programa social, sí constituyen un apoyo solventado con recursos públicos, por lo que deben ser administrados con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía y racionalidad, de conformidad con las políticas de transparencia, control y rendición de cuentas.

De la revisión al listado requerido por la particular, mismo que envió el INVI con sus alegatos, se desprende que contiene el número consecutivo del otorgamiento, el número de entrega, fecha y nombre del beneficiario, y si bien solamente éste último es un dato personal de carácter confidencial, al tratarse de una ayuda con recursos públicos, se debe difundir, aunque no se cuente con el consentimiento de su titular.

Por lo expuesto, el pleno del INAI, por mayoría de votos, revocó la respuesta del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México y le instruyó a entregar el listado de las 952 personas beneficiadas entre el 21 de noviembre de 2017 y el 25 de enero de 2018, con cheques para la reparación de viviendas afectadas, derivado del sismo del 19 de septiembre de 2017.