Resuelve SCJN recurso de reclamación sobre juicio por linea 12 del metro
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de julio, (MENSAJE POLÍTICO / CÍRCULO DIGITAL).- En sesión de 13 de julio de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el recurso de reclamación 1442/2015, presentado por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, en el cual el Gobierno de la Ciudad de México aduce que en el presente caso no se actualiza la figura de la cosa juzgada, al no tener participación en el juicio de amparo en que ya se emitió pronunciamiento sobre la competencia para conocer del juicio natural y, por lo mismo, el acuerdo presidencial recurrido no debió declarar improcedente el conflicto competencial con base en ese argumento.
En el asunto, un tribunal unitario se pronunció sobre quién sería el juez competente por razón de fuero y de materia para conocer de las prestaciones reclamadas al Gobierno de la Ciudad de México, con motivo de la modificación del Contrato de Obra Pública a Precio Alzado y Tiempo Determinado, consistente en la construcción de la línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo. Sin embargo, ello se llevó a cabo sin que dicho Gobierno tuviera participación en el citado juicio.
Por lo anterior, queda claro que la sentencia dictada en el juicio de amparo no tiene los efectos de cosa juzgada como tal, al no existir identidad de partes entre el citado medio de control constitucional y el conflicto competencial, cuyo desechamiento decretó la Presidencia de este Alto Tribunal.
En este sentido, la Primera Sala determinó fundados los agravios de la parte recurrente, en los que impugna que no se actualizó la cosa juzgada y, al no haberse plasmado en el auto recurrido otro motivo para desechar el conflicto competencial, lo que procede es revocar dicho auto, sin que sea necesario estudiar algún otro agravio.