25 de December de 2024
Sólo 50% de iglesias ha declarado al SAT
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Sólo 50% de iglesias ha declarado al SAT

Jun 17, 2016

CIUDAD DE MÉXICO, 17 de junio, (ESFERA EMPRESARIAL / CÍRCULO DIGITAL).- A 13 días de que venza el plazo para que las ocho mil 579 asociaciones religiosas presenten sus declaraciones fiscales correspondientes al ejercicio de 2015, apenas la mitad ha cumplido con esta obligación, dijo Juan Antonio López Vega, administrador central de Normatividad de Impuestos Internos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

En una entrevista con 24 HORAS, el funcionario explicó que jurídicamente el organismo podrá iniciar la revisión de las declaraciones de las iglesias el 1 de julio. Sin embargo, el SAT tendría resultados concretos hasta diciembre.

 

“En julio se inician las facultades de revisión, como las visitas domiciliarias que pueden durar hasta seis meses. Una vez que transcurra este período sabríamos si hubo incumplimientos en la contabilidad electrónica y las declaraciones anuales, y se aplicará la sanción correspondiente”, comentó.

 

Las revisiones del SAT no sólo se limitan a las auditorías. En algunos casos se envía primero una carta invitación en la que se informa al contribuyente de los incumplimientos y omisiones para que corrija su situación fiscal sin recibir sanciones.

 

En caso de que el SAT no envíe una invitación y no inicie una auditoría en el domicilio de los contribuyentes, las asociaciones religiosas pueden presentar sus declaraciones de forma extemporánea sin recibir sanciones, señaló el funcionario.

 

Aunque las iglesias no son contribuyentes “relevantes”, pues su labor no tiene fines de lucro, están obligadas a cumplir con la contabilidad electrónica y la declaración fiscal anual con fines informativos, a fin de que el SAT lleve un control de los ingresos y egresos de las iglesias.

 

“Si detectamos que tienen alguna actividad lucrativa, como la venta de productos religiosos que les generen ganancias, se les solicita que paguen el impuesto correspondiente”, comentó.

 

De acuerdo a la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto, en caso de que tengan empleados, las iglesias deben cumplir con la seguridad social y retener el impuesto Sobre la Renta que corresponda e informarlo al SAT.

 

En cambio, los ministros de culto reciben un pago que se conoce como manutención, que mientras sea inferior al equivalente a tres salarios mínimos, es decir seis mil 661 pesos, está exento de ISR, al tiempo que la Iglesia no está obligada a darles seguridad social, precisó.

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