Suprema Corte invalida Artículo 52 de Constitución de Jalisco
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de junio, (RADIO NET / CÍRCULO DIGITAL).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Artículo 52, párrafo segundo, de la Constitución del estado de Jalisco, por invadir esfera del orden federal y pretender reglamentar el control de convencionalidad.
El artículo invalidado establecía que los tribunales de esa entidad garantizarían el control de convencionalidad de los derechos humanos en todas sus actuaciones y pretendía favorecer siempre sobre las leyes federales o estatales salvo en caso que existieran restricciones constitucionales o jurisprudencia que manifestara lo contrario.
Ante dicha acción, el pleno del alto tribunal determinó que las legislaturas locales carecen de competencia para reglamentar el control de convencionalidad, establecido en el Artículo 1 de la Constitución Federal y que fue objeto de diversos criterios por el alto tribunal.
El 28 de julio de 2015, fue publicada en el Periódico Oficial del estado de Jalisco una reforma a la Constitución estatal, en virtud de la cual se adicionó el párrafo señalado.
Por tal razón, la Procuraduría General de la República promovió una acción de inconstitucionalidad, en la que solicitó la invalidez de dicho precepto, al considerar que resultaba contrario a lo dispuesto en la Carta Magna, aunque por motivos diversos a los que finalmente llevó al pleno de la SCJN a determinar la invalidez.