23 de December de 2024
Transparencia inicia proceso sancionador contra sindicato petrolero
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Transparencia inicia proceso sancionador contra sindicato petrolero

Sep 11, 2016

Ciudad de México, 11 Septiembre (Mensaje Político/CÍRCULO DIGITAL).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) inició proceso sancionador contra el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), por evadir responder una solicitud de información.

Además, le ordenó entregar recibos de pago, notas de venta y/o comprobantes físicos que ha remitido a Petróleos Mexicanos (Pemex) para comprobar el gasto de los recursos otorgados en 2015.

Entre ellos, recibos y comprobantes de apoyo económico al Comité Ejecutivo General (CEN), así como gastos de viaje a éste u apoyo económico para el fomento de actividades culturales y deportivas.

También, gastos para festejos por la expropiación petrolera; gastos para el desfile del 1 de mayo y gastos derivados de las revisiones anuales del Contrato Colectivo de Trabajo.

Se trata de transferencias de recursos públicos derivadas de la celebración del Contrato Colectivo de Trabajo entre Pemex y el Sindicato en 2015, informó el Instituto de Transparencia en un comunicado.

Ante ello, se dio vista a la Dirección General de Cumplimiento y Responsabilidades del INAI, en atención a que el Artículo 186 de la Ley Federal de Transparencia determina las conductas que son causales de sanción por incumplimiento a las obligaciones establecidas en dicha ley.

De acuerdo con el INAI, un particular solicitó, vía la Plataforma Nacional de Transparencia, dicha información el 19 de mayo de 2016 y al 16 de junio, fecha en que por ley venció el plazo de respuesta, el sindicato no había contestado.

Ante ello, el interpuso un recurso de revisión por falta de respuesta del sindicato de Pemex, el cual se turnó a la ponencia del comisionado Oscar Guerra Ford.

Para el 7 de septiembre, cuando el pleno de Instituto resolvió el recurso de revisión, el sindicato no había presentado respuesta ni alegatos, pese a que cuando se presentó la solicitud de información, este ya era sujeto obligado directo por las leyes General y Federal de Transparencia en vigor.

Además, contaba con las herramientas y capacitación otorgadas por el INAI para acceder al sistema de solicitudes de información, como lo hizo el 2 de mayo, por lo que “ignoró por completo las gestiones en la sustanciación de este recurso, ya que no se pronunció en ningún momento ni en ningún sentido”, subrayó el comisionado.

Abundó que el STPRM ha solicitado que se le cancelen las contraseñas para acceder al sistema de solicitudes y que sus obligaciones de información se alojen en el portal de Pemex, y aunque es una opción contemplada en la ley, debe atender y sustanciar las respuestas a las solicitudes de información que le dirijan como sujeto obligado directo.

“No cabe duda que en el presente asunto el sindicato (…) vulneró el ejercicio del derecho de acceso a la información que concierne al particular, en virtud de que fue omiso en atender la solicitud de información”, expuso Guerra Ford.

Destacó que conforme a lo dispuesto en los artículos 186 y 193 de la Ley Federal en la materia, Guerra Ford propuso iniciar el procedimiento sancionador previsto en el capítulo tercero, título sexto de la referida ley.

Lo anterior, a efecto de aplicar las sanciones correspondientes al sujeto obligado y asimismo se le ordene entregue la información pedida por el solicitante sin costo alguno”, planteó el comisionado ponente.

El proyecto de resolución del comisionado Guerra Ford determinó que el sindicato petrolero ejerció recursos públicos otorgados por Pemex y por lo tanto debe contar con la documentación que justifique su gasto.

Al acreditarse la omisión de la respuesta, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia ordenó al ente obligado realizar la búsqueda de la información y la proporcione al recurrente.