Tribunal Electoral local confirma elección en San Pedro de Los Pinos
CIUDAD DE MÉXICO, 09 de noviembre, (AZCAPO NOTICIAS/CÍRCULO DIGITAL).— Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) confirmó el cómputo total de la elección del Comité Ciudadano de la colonia San Pedro de Los Pinos, delegación Benito Juárez.
En Sesión Pública, las y los magistrados analizaron nuevamente el juicio electoral 318 promovido por el ciudadano Miguel Gaytán, en cumplimiento a la resolución de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En esa resolución, el tribunal federal ordenó al TEDF reconocer la legitimación procesal del actor, se informó en un comunicado.
Gaytán Calderón afirmó que durante la jornada del 4 de septiembre, al parecer se habían cometido diversas irregularidades que afectaron la votación recibida en la Mesa 02 en la referida colonia.
Además, precisó que el coordinador del Comité Vecinal de esa colonia ejerció actos de presión sobre los electores, y que el recuento llevado a cabo en la sede administrativa no se apegó a Derecho, ya que se computaron cuatro votos nulos, como votos válidos.
Sin embargo, durante la discusión del asunto, el Pleno consideró que del análisis realizado a las pruebas ofrecidas por el quejoso, no se acreditó que se hubiesen cometido las irregularidades mencionadas.
Y, con respecto al agravio relacionado con la presunta ilegalidad del recuento en sede administrativa, determinó declararlo como inoperante, por tratarse de un asunto que ya fue del conocimiento del Tribunal local al resolver diversos juicios electorales.
Cabe destacar que en los juicios identificados con las claves TEDF-JEL-271/2016 y su acumulado TEDF-JEL-319/2016, el Tribunal determinó que la calificación de los votos realizada por la Dirección Distrital en el recuento aludido, fue conforme a Derecho.
De igual forma, finalizó que de acuerdo con las constancias analizadas, no se había acreditado alguna irregularidad en las boletas o en los paquetes correspondientes a las tres mesas receptoras de votación.