7 de May de 2024
Monreal despeja dudas sobre la tan traída y llevada consulta vs expresidentes
Columnas

Monreal despeja dudas sobre la tan traída y llevada consulta vs expresidentes

Sep 15, 2020

TRAS LA PUERTA DEL PODER

Roberto Vizcaíno

 

Mucho es lo que se ha dicho y cuestionado sobre la propuesta de Andrés Manuel López Obrador para ir a una consulta popular que determine si la mayoría de los mexicanos avalan o no se enjuicie a los expresidentes mexicanos del período neoliberal.

Es decir, a los de 1988 a la fecha. Ellos son: Carlos SalinasErnesto ZedilloVicente FoxFelipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

¿Y por qué delitos concretos se les juzgaría? Todos los que cualquiera en este país se imagine, y ninguno. Ninguno porque faltaría ver cuales de los que se piensa aplicarles están vigentes, y cuales ya prescribieron.

Lo que es claro es que el presidente López Obrador busca no el proceso judicial legal, sino el mediático y popular.

Con que los mexicanos los juzguen, con eso se da por satisfecho.

Pero para que eso ocurra, se requiere exponerlos a cada uno de ellos en la picota pública en una simulación de un proceso judicial, donde se hable de que son culpables de esto o lo otro.

Y para llegar a eso se requiere de la Consulta Popular.

Para iniciarla hay tres pasos iniciales:

1)    La deben pedir un millón 800 mil mexicanos, es decir el 2 por ciento de los inscritos en el Padrón Electoral, y para ello deben firmar una solicitud y dar constancia con su credencial electoral, la que será validada o rechazada por el INE, o, si no se logra recabar estas firmas;

2)    La podría pedir la tercera parte de los diputados federales o los senadores, o;

3)    O lo podría hacer directamente el presidente de la República.

Cualquiera que sea el paso anterior, la solicitud correspondiente se debe presentar formalmente ya sea a la Cámara de Diputados o al Senado entre el 1 al 15 de septiembre de un año previo a una elección federal. Es decir, el plazo vence mañana a media noche.

Y lo que sigue a ello lo explica aquí el doctor en Derecho Constitucional Ricardo Monreal:

  • De acuerdo al artículo 16 de la LFCP, el Ejecutivo en turno sólo podrá pedir una consulta -vía Senado o Cámara de Diputados- a la vez. Ello se deberá hacer a partir del 1 al 15 de septiembre del segundo año de ejercicio de cada legislatura, es decir, un año previo al que se realice la jornada electoral federal.
  • Deberá presentarse por escrito, con nombre completo y firma del solicitante y con argumentos que demuestren que la única pregunta que se hace a los ciudadanos es verdaderamente relevante para el país.
  • Recibida la petición de consulta y su única pregunta, la Presidencia de la Cámara de origen, las presentará ante la Suprema Corte, cuyos ministros resolverán su constitucionalidad dentro de un plazo de 20 días naturales.
  • La Suprema Corte analizará si la petición procede constitucionalmente, y si la pregunta está balanceada o sesgada, si es sencilla y comprensible, o si se debe modificar para garantizar que cumpla con todos los criterios, o si se debe rechazar por improcedente.
  • La Suprema Corte enviará una notificación de su resolución a la Cámara de origen en las 24 horas siguientes a su resolución.
  • Si la Suprema Corte declara la inconstitucionalidad de la consulta popular solicitada por el Ejecutivo, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de origen lo informará vía la Gaceta Parlamentaria, y procederá a su archivo como un asunto concluido.
  • En el caso de proceder, la pregunta ya no podrá modificarse, y la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de origen igual lo informará a través de la Gaceta Parlamentaria, y turnará la petición a la Comisión de Gobernación o las comisiones que correspondan, para su análisis y dictamen.
  • El dictamen de la petición deberá ser votado por la mayoría de cada Cámara del Congreso. Si es rechazada por el Pleno, se archiva y queda concluido.
  • Si se aprueba, se expedirá la convocatoria de la consulta popular a través de Decreto, y se notificará al Instituto Nacional Electoral y se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación.
  • De acuerdo al 35 Constitucional, numeral 5to de la fracción VIII, las consultas populares se harán el primer domingo de agosto. Sin embargo, según el artículo 8 de la LFCP, ésta debería realizarse el mismo día de la jornada electoral federal del 2021.
  • Pero ante la diferencia de criterios, dominaría el principio de supremacía constitucional y la fecha de celebración de la consulta deberá ser el primer domingo de agosto de 2021 (y no el domingo 6 de junio como está previsto para la elección federal y locales de 2021), como lo fija claramente la Constitución.

O sea…

  • El INE la organizaría, haría el cómputo, y la declaración de resultados de la consulta popular.

Tan-tan…

¿Facilito, no?

ENDURECER PENAS A TORTURADORES Y MALTRATADORES

En asuntos más terrenales y más viables, Ricardo Monreal va por elevar penas contra torturadores, maltratadores y quienes violen derechos humanos.

Es necesario, dice, endurecer ese castigo para terminar de una vez con la vieja práctica arraigada entre autoridades judiciales que acuden al maltrato contra quienes caen en sus círculos de influencia.

Prácticas, relata, que llegaron a ser comunes en las agencias del ministerio público, delegaciones policiacas y penales a fin de obtener información sobre delitos o movimientos sociales o políticos.

Justo para erradicar y sancionar todo eso, indicó el zacatecano, es que los mexicanos hemos impulsado leyes federales y estatales de castigo para quienes torturan.

Pero es un mal difícil de erradicar, y pese a los castigos continúa siendo algo que supera las sanciones actuales, comentó.

Por eso hay que actuar con mayor contundencia y rigor.

“… nos falta todavía transitar por un largo camino para eliminar por completo estas prácticas. La tortura y otros maltratos aún se utilizan como medio para generar temor en detenidos y víctimas, llegando a transgredir sus derechos humanos”, aceptó.

Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política, del Senado, pide incrementar en 4 años las penas por tortura y tratos crueles.

Para ello buscará reformar la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

NUEVO DESCONTÓN DE URZÚA

Con un par de contundentes palabras, Carlos Urzúa, exsecretario de Hacienda de Andrés Manuel López Obrador descalificó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos elaborado para ser aplicado en 2021 por su sucesor Arturo Herrera: (son) «cuentas alegres», subrayó.

Ayer, en su entrega semanal a El Universal, Urzúa desestima que el Gobierno de su exjefe pueda producir 1.86 millones de barriles diarios de petróleo, como afirma en el Presupuesto 2021. Eso sería unos “200 mil barriles más de lo que se extrajo en promedio durante la primera mitad de este año», dice.

Carlos Urzúa extitular de Hacienda

Y consideró «poco realistas» los demás argumentos y proyecciones dentro de ese Presupuesto.

Es, concluye: «un presupuesto sin sustento alguno”. Y, a manera de puntilla o tiro de gracia, agregó: «uno pensaría que en las próximas semanas los legisladores habrán de sudar la gota gorda para cumplir». Zuuuckk!!!, diría Batman.

rvizcainoa@gmail.com / Twitter: @_Vizcaino / Facebook / https://www.facebook.com/rvizcainoa

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *