Ciudad de México a 08 de Febrero (AMPRYT/CÍRCULO DIGITAL).-El senador Jesús Santana García presentó una iniciativa de reformas constitucionales, para reducir a la mitad el financiamiento público de los partidos políticos cuando obtengan un porcentaje de votación menor al porcentaje de votos nulos en el total de los sufragios emitidos.
La propuesta, que busca reformar el artículo 41 de la Constitución, tiene como propósito empoderar al ciudadano, al otorgarle un instrumento jurídico-político, para llamar la atención a los partidos políticos cuando se alejen de la ciudadanía incumpliendo sus promesas, afirmó el senador por Aguascalientes.
“Hoy, si el elector anula su voto, no tiene consecuencias; la iniciativa que hoy presento establece una consecuencia jurídica y política a la anulación del voto: a mayor cantidad de votos nulos, menor dinero a los partidos políticos que no superen el número estos votos”, expuso.
Reducir su financiamiento es un incentivo para que los partidos escuchen a la sociedad, cuiden los perfiles de sus candidatos y que su oferta sea cercana a las necesidades y aspiraciones de los ciudadanos, sostuvo.
Santa García explicó que abstención y voto nulo no son lo mismo: la primera quiere decir no acudir a votar; el segundo significa asistir a votar, pero anular la boleta o sufragar por candidatos no registrados.
“Anular el voto de manera intencional o voto en blanco es considerado como una forma de expresión de la ciudadanía, que indica el descontento con el sistema de partidos políticos, sin dejar de participar”, dijo.
Sin embargo, lamentó, actualmente si el elector anula su voto no tiene ninguna consecuencia.
De acuerdo con la Ley Electoral, la votación efectiva es la que resulta del total de los votos emitidos, menos los votos nulos, menos los votos de los partidos que no alcancen el 3% y candidatos no registrados, abundó.
Refirió que los recursos y derechos de los partidos se dividen entre los votos que recibió cada instituto político, cuya fórmula tiene tres importantes consecuencias:
1.- Los votos nulos no cuentan para quitar prerrogativas a los partidos; al contrario, cuantos más votos nulos se resten, mayor será el porcentaje de los votos que adquieren los partidos que fueron votados.
2.- Una elección tiene validez, aunque haya solo un voto válido a favor de un solo partido o candidato. Anular el voto no tiene actualmente consecuencias negativas sobre la validez de la elección, dado que no hay supuestos legales al respecto.
3.- El abstencionismo o anulación de votos hace que los partidos con mayor número de recursos aumenten el valor de sus votos en la división del pastel que representan los recursos y prerrogativas.
“Así, el gran perdedor es el votante, que al anular su voto prácticamente se vuelve un número más que se resta y desaparece”, indicó.
La iniciativa se turnó a las comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Gobernación, y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y dictaminación.