2 de December de 2024
Publica cancillería calendario de suspensión de labores durante 2019
Nacional

Publica cancillería calendario de suspensión de labores durante 2019

Dic 28, 2018
Ciudad de México, 28 de Diciembre (MENSAJE POLÍTICO/CÍRCULO DIGITAL).- La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó el acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de esa dependencia para el año 2019.

El titular de la cancillería, Marcelo Ebrard, señaló en la publicación aparecida este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que existen fechas de descanso que han sido otorgadas a los trabajadores de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en forma reiterada durante años anteriores, “por lo que he tenido a bien expedir” el acuerdo.

El acuerdo indica que las unidades administrativas, las delegaciones foráneas y metropolitanas, las secciones mexicanas de las comisiones internacionales de límites y aguas, así como los órganos administrativos desconcentrados de la SRE, suspenderán labores durante el año 2019, los días que a continuación se indican.

Precisó que dichos días serán considerados como inhábiles para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en esta secretaría; por lo que en esos días no correrán términos.

Los días en que la cancillería suspenderá labores el próximo año son el 1° de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (4 de febrero), el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (18 de marzo), el 18 y 19 de abril, 1º de mayo, 5 de mayo, 16 de septiembre, 2 de noviembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (18 de noviembre) y el 25 de diciembre

En las fechas citadas, el Centro de Enlace Diplomático atenderá cualquier consulta de carácter urgente en los siguientes números telefónicos: 36866041, 36866046 y 36866047.

La publicación agrega que en la atención de las solicitudes de acceso a la información por parte de la Unidad de Transparencia se estará conforme al calendario de suspensión de labores que en su oportunidad determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Precisó que los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2019, se darán a conocer, mediante acuerdo que se publicará en el DOF, una vez que la Secretaría de Educación Pública determine el calendario escolar para el ciclo lectivo 2019-2020.

El acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF.