Senado presenta recurso contra amparo a Banxico por ley de salarios
Ciudad de México, 17 de Enero (MENSAJE POLÍTICO/CÍRCULO DIGITAL).-El Senado de la República interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un recurso de reclamación contra la suspensión de la Ley de Remuneraciones concedida al Banco de México, mediante la cual no se aplicó a sus funcionarios esta ley hasta que se resuelva la controversia constitucional interpuesta.
El acuerdo para ampliar la cobertura de suspensión de la ley fue promovido por el ministro Alberto Pérez Dayán.
La directora general de Asuntos Jurídicos en el Senado, Zuleyma Huidobro , dio a conocer a través de su cuenta de Twitter los recursos presentados.
A principios de año, Pérez Dayán otorgó a Banxico la suspensión solicitada, a efecto de que no se aplique la ley impugnada a los servidores públicos de la institución, hasta en tanto la Corte no resuelva el fondo del asunto.
Así, se estableció que, con la suspensión, los salarios de los funcionarios de Banxico se fijarán “conforme a la excepción prevista en el artículo 127 constitucional, que permite establecer sueldos mayores al del Presidente de la República hasta en un 50 por ciento”.
El recurso de reclamación interpuesto el miércoles por la directora general de Asuntos Jurídicos de la Cámara alta, Zuleyma Huidobro, se establece: “Rindo informe de la Cámara de Senadores en que se hacen constar las razones y fundamentos de las que se desprenden, los argumentos de refutación y defensa por virtud de los cuales debe reconocerse la validez de la Ley Federal de los Servidores Públicos”.
Uno de los argumentos que esgrime el Senado es que la suspensión otorgada da un trato de privilegio a los servidores públicos del Banxico respecto de otros servidores públicos.
“La suspensión otorgada por el ministro Pérez Dayán al Banco de México es ilegal y la controversia es improcedente, pues están demandando derechos laborales. La suspensión es indebida, porque la autonomía del Banco de México es en sus funciones y presupuestal, pero ello no lo exime del cumplimiento de la Constitución y de la Ley de Remuneraciones. Los derechos laborales de los trabajadores que se sienten afectados, deben defenderse en la vía idónea”, se establece.